La UE se prepara para un nuevo marco de inversión sostenible

Carola van Lamoen

Carola Van Lamoen (Robeco) | La inversión sostenible se va a clarificar y concretar bastante en toda la UE gracias a un nuevo marco regulatorio para los gestores de activos y fondos.

El Plan de Acción de Finanzas Sostenibles (SFAP) trata de fomentar la inversión sostenible en los 27 países del bloque, y se atiene a los objetivos climáticos del Acuerdo de París y el Pacto Verde europeo. Estará respaldado por una amplia batería regulatoria, ya se trate de normas nuevas como el Reglamento sobre divulgación de información de sostenibilidad financiera (SFDR) o el Reglamento de la Taxonomía, o incorporando la sostenibilidad a normas existentes.

El SFAP tiene tres objetivos principales. El primero consiste en reorientar los flujos de capital hacia la inversión sostenible, apartándolos de sectores como el de combustibles fósiles que contribuyen al calentamiento global. El segundo es el de gestionar los riesgos financieros derivados del cambio climático, el agotamiento de los recursos y la degradación medioambiental. Por último, trata de impulsar la transparencia y la planificación a largo plazo en la actividad económica y financiera.

El SFDR trata de conseguir que el perfil de sostenibilidad de los fondos sea más comparable y mejor comprendido por los inversores finales, fijando parámetros predefinidos para las características ambientales, sociales y de gobernanza (ASG) empleadas en el proceso inversor. Como su nombre indica, se hará mucho más hincapié en la divulgación, con nuevas normas que obliguen a identificar los impactos perjudiciales realizados por las empresas en que se invierte.

“Para nosotros, la futura normativa constituye una oportunidad para que el sector financiero desempeñe un papel activo en la creación de una economía más sostenible, algo en lo que en Robeco llevamos más de 20 años trabajando,” afirma Carola van Lamoen, Responsable de Inversión Sostenible de Robeco.

“Apoyamos los fines y objetivos del plan, y desempeñaremos un papel activo en su promoción y ejecución, manteniendo nuestra posición de liderazgo en el panorama de la inversión sostenible”. Robeco ha establecido un equipo de proyecto específico con más de 40 personas, dedicado a integrar todos los aspectos del SFAP, que entrará en vigor escalonadamente, con un primer hito importante ya en marzo de 2021.

Acuerdos señeros

El SFAP fue inicialmente diseñado por la Comisión Europa en marzo de 2018, como repuesta a la emblemática firma en diciembre de 2015 del Acuerdo de París, así como, con anterioridad en ese año, de la Agenda 2030 sobre el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, que establece los Objetivos de Desarrollo Sostenible También está en consonancia con el Pacto Verde europeo, que trata de lograr la neutralidad de carbono en la UE para 2050.

El plan trata de introducir normas armonizadas sobre la información y políticas de sostenibilidad, evitar la divergencia normativa en el mercado único europeo y consagrar así la igualdad de oportunidades. En ese sentido, trata de establecer una taxonomía clara y especifica en la UE, en lugar de una disparidad de normas nacionales de aplicación local.

Además de las normas dirigidas expresamente a los gestores de activos, el plan trata de establecer referencias de sostenibilidad con las que puedan valorarse las estrategias de inversión junto con los índices al uso. Persigue una mejor integración de la sostenibilidad en los ratings y el análisis de mercado, tratando de aclarar las obligaciones de los gestores de activos y los inversores instituciones en materia de sostenibilidad.

El alcance de la normativa es muy amplio y, entre otros, se aplica a gestores de activos, fondos de pensiones y bancos y aseguradoras de la UE.

Clasificación de los fondos

Un elemento muy destacado y de mucha incidencia de la nueva normativa es la clasificación de los fondos y mandatos en tres categorías, que se contienen en los artículos 6, 8 y 9 del SFDR.

Los fondos del artículo 6 son aquellos que no integran ningún tipo de sostenibilidad en el proceso de inversión, y que pueden incluir acciones ya excluidas por los fondos ASG, como tabaqueras o productores de carbón térmico. Aunque dichos fondos se podrán seguir vendiendo en la UE, siempre que claramente se etiqueten como no sostenibles, sufrirán considerables dificultades de marketing en comparación con fondos más sostenibles.

El artículo 8 (‘promoción A y S’) es de aplicación “Cuando un producto financiero promueva, entre otras, características medioambientales o sociales, o una combinación de ellas, siempre y cuando las empresas en las que se hace la inversión observen buenas prácticas de gobernanza.”

El artículo 9 (‘productos dirigidos a inversiones sostenibles’) cubre aquellos productos relativos a inversiones sostenibles hechas a media y se aplica “Cuando un producto financiero tenga como objetivo inversiones sostenibles, y se haya designado un índice de referencia”.

Supeditado a la aprobación final de las autoridades regulatorias, Robeco prevé que la mayoría de sus fondos se clasifiquen dentro del artículo 8, siendo la gama de Inversión de Impacto (con marca RobecoSAM) clasificada en el artículo 9, y unos pocos fondos en el artículo 6.

Identificación de impactos adversos

Las declaraciones sobre impactos adversos entrarán en vigor en junio de 2021. En estas declaraciones el gestor de activos deberá exponer su política de diligencia debida, explicando cómo tendrá en cuenta en sus decisiones de inversión los principales impactos adversos sobre la sostenibilidad de las empresas en que invierte.

El control de las declaraciones se realizará con un sistema de 50 indicadores de impacto adverso, de los que 32 serán obligatorios y 18 voluntarios. Aunque se prevé que las obligaciones concretas en materia de impacto adverso solo sean definitivas en enero de 2021, Robeco se ha puesto manos a la obra para garantizar que está preparada, por ejemplo, creando herramientas tipo de impacto adverso para evaluar el efecto de la normativa.

Taxonomía de la UE

Otro elemento con mucha incidencia del SFAP es la propuesta de taxonomía de la UE, que trata de armonizar qué se entiende realmente por ‘actividades verdes’. La UE ha definido un criterio mínimo que las actividades económicas tienen que cumplir para tener la consideración de medioambientalmente sostenibles.

En resumen, dichas actividades tienen que hacer una contribución significativa a como mínimo uno de los seis objetivos medioambientales siguientes: mitigación y adaptación al cambio climático, protección de recursos marinos e hídricos, transición a una economía circular, evitar la contaminación y proteger o restaurar la biodiversidad y los ecosistemas.

Hasta el momento solo se han definido las actividades que promueven los dos primeros objetivos medioambientales: mitigación y adaptación al cambio climático. La primera divulgación de información sobre estos objetivos deberá efectuarse para enero de 2022. Está previsto que en 2021 se definan las actividades que se considera contribuyen a los otros cuatro objetivos, y que la información correspondiente deba divulgarse en 2023.

Para cumplir con la taxonomía, los gestores de activos deberán que revelar el porcentaje de activos de los fondos que gestionan que están incluidos en las actividades cubiertas por la taxonomía.