Intermoney | Cuando tildamos de errática la política arancelaria de la Administración Trump, no nos referimos sólo a que puede generar ciertos efectos perniciosos distintos a lo esperado o con un alcance menor al proyectado. Nos referimos al propio proceso de implantación. La primera orden ejecutiva el viernes pasado autorizaba el impuesto del 10% sobre las importaciones bajo la sección 122 de la Ley de Comercio de 1974. Sin embargo, el sábado Trump anunciaba que lo elevaría al 15%, lo que hacía que se diera por sentado este nuevo nivel. Sin embargo, al no emitirse oficialmente ninguna directiva para aumentar la tasa antes de las 12:01 a.m. (hora de Washington) del martes, ha sido (hasta el momento) impuesta la tarifa del 10%.
Acorde a las estimaciones, manteniendo ese umbral, la tasa arancelaria efectiva promedio de Estados Unidos se situará en torno al 10,2% (desde el 13,6% anterior a la decisión del Supremo).
En el caso de elevar al 15% como se tenía previsto, la tasa efectiva subiría apenas al 12%. Es decir, siempre por debajo del tipo promedio antes del viernes. Asimismo, los aranceles existentes ahora dan una flexibilidad bastante menor frente a los poderes de emergencia que Trump había utilizado para implantar los aranceles genéricos. En este sentido, debemos destacar otros detalles, como por ejemplo que con esta nueva estructura arancelaria (la sección 122), quedan exonerados productos que ya están sujetos a los aranceles individuales de la Sección 232, como el acero, el aluminio, el cobre y los automóviles, es decir, que no se acumulan.
Sin embargo, desde la UE se esgrime que el conjunto de tarifas implicaría que algunos productos superarían el tope del 15% acordado entre los bloques, en particular en bienes como la mantequilla, los plásticos, los textiles y los productos químicos. A raíz de eso, el Parlamento Europeo ha suspendido los trabajos legislativos para ratificar el acuerdo. Mientras la UE la espera de una mayor nitidez, otras áreas económicas sí se ven particularmente favorecidas por la recomposición, como es el caso de China. Aunque el gigante asiático aún se enfrenta a niveles tarifarios relativamente altos, la suspensión de los aranceles bajo la Ley de Emergencia reduce en unos 7 p.p. la carga arancelaria ponderada por el comercio en comparación con el régimen anterior.



