¿Apreciación volátil o depreciación estable?: el riesgo es no tener bitcoin

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Fernando Alberca | Tras la creciente apreciación en la cotización de bitcoin, debido en gran parte al respaldo de empresas como Tesla o MicroStrategy, fondos de inversión como Grayscale o Guggenheim, e inversores como Bill Miller o Paul Tudor Jones, el Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores han lanzado un comunicado conjunto para advertir a los inversores sobre los posibles riesgos de bitcoin.

Con el objetivo de disuadir de la compra de la criptomoneda por parte de los inversores, se vertían en ese comunicado las siguientes advertencias:

Advertencia nº 1: “No cuenta con el respaldo de un banco central u otras autoridades públicas”.

Efectivamente, bitcoin no tiene ni un banco central ni un gobierno detrás. No depende ni es controlado por una institución económica o política. Es descentralizado, como Internet. De hecho, la red de bitcoin fluye por Internet. La descentralización es su fortaleza. Si bitcoin fuera centralizado tendría un punto único de fallo. Del mismo modo, si Internet fuera centralizado, sería bastante vulnerable: bastaría con atacar el ordenador central que lo rigiese.

Asimismo, si Internet dependiera de un Gobierno que lo controlase, no sería el Internet que conocemos. Es fácil imaginar qué Internet tendríamos si estuviera totalmente controlado por Gobiernos totalitarios… o incluso democráticos.

Por esta razón, las monedas digitales que planean sacar los bancos centrales no van a ser rival de bitcoin, ya que estas CBDC (en sus siglas en inglés: central bank digital currency) serán absolutamente centralizadas, de manera que los bancos centrales podrán seguir acuñando un número infinito de dólares, euros o yuanes digitales. En cambio, bitcoin es descentralizado y su oferta monetaria, finita.

Por otra parte, si bien es cierto que bitcoin no cuenta con el respaldo de un banco central, tampoco gozan de ese respaldo los metales preciosos, las joyas o las obras de arte, bienes que tradicionalmente han sido objeto de inversión.

Advertencia nº 2: “No existe obligación de aceptar bitcoin o cualquier otro criptoactivo como medio de pago”.

Siguiendo este razonamiento del Banco de España y de la CNMV, cabe preguntarse: ¿una tienda en España tiene la obligación de aceptar el dólar australiano como medio de pago? Si la respuesta es que no, ¿significa eso que el dólar australiano no es un medio de pago?

Otras dos preguntas: ¿un comercio minorista tiene la obligación de aceptar el oro como medio de pago? ¿Es el oro, al que aspira a sustituir bitcoin, un medio de pago?

Advertencia nº 3: “La inversión en bitcoin debido, entre otros factores, a su falta de transparencia la convierte en una apuesta de alto riesgo.”

Como explica José Antonio Bravo, economista tributario y contable en Negotians, así como colaborador de la asociación Avalbit dedicada a la divulgación sobre el uso y la inversión en bitcoin y otras criptodivisas, “curiosamente, es más transparente el proceso de emisión de nuevos bitcoins que el proceso de emisión de nuevos euros o de cualquier activo financiero, porque es matemático y comprobable”. En efecto, cualquier persona puede conocer, al segundo y con absoluta precisión, el número de bitcoins que se han minado desde el bloque génesis hasta la fecha. La blockchain de bitcoin es pública, cualquiera puede consultarla. ¿Podemos saber en este momento cuántos bitcoins existen hasta este momento (12 horas del día 15 de febrero)? Sí, 18.883.800. ¿Sabemos cuántos bitcoins se minan cada día? Sí, 900. ¿Se puede saber cuántos bitcoins quedan por minarse? Sí, 2.116.200. De hecho, se conoce el ritmo de creación de bitcoins hasta el año 2140, momento en el que se alcanzará el número máximo que existirán: 21 millones. En esta web, por ejemplo, se pueden ver estos datos.

En cambio, ¿sabemos cuántos dólares o euros hay impresos o en apuntes contables (la inmensa mayoría) en este momento en el mundo? ¿Alguien sabe la cantidad exacta de dólares o euros que se imprimirán durante los próximos años?

Advertencia nº 4: “Las criptomonedas son instrumentos complejos, cuyo precio conlleva un alto componente especulativo que puede suponer incluso la pérdida total de la inversión. Adicionalmente, existen productos derivados apalancados vinculados a criptomonedas que permiten invertir indirectamente en estos, lo que incrementa aún más su complejidad y la posibilidad de sufrir pérdidas…”

Para José Antonio Bravo, es evidente que “se trata de instrumentos complejos, por eso las personas que nos dedicamos a la divulgación sobre bitcoin y otras criptomonedas recomendamos no comprar ninguna criptomoneda hasta que no se entienda su funcionamiento”. Además, explica que “indudablemente, los productos derivados basados en criptomonedas son productos complejos, pero tan complejos como los derivados de cualquier otro bien o producto financiero”. O como los bonos subordinados o las participaciones preferentes, que cotizan en mercados secundarios y que hasta hace poco vendían los bancos entre clientes con un perfil claramente bonista, como los pensionistas, con la aquiescencia de los organismos supervisores, es decir, el Banco de España y la CNMV.

Respecto a que el precio de bitcoin es “altamente especulativo”, Bravo añade: “como el de los metales preciosos o el de las obras de arte”.

Y en relación a la advertencia de que “invertir en bitcoin puede suponer incluso la pérdida total de la inversión”, Bravo expone: creo que “la mayor parte de aquellos que invierten en bitcoin y criptomonedas saben que pueden perder todo lo que invierten. De hecho, lo saben mucho mejor que muchas otras personas que invirtieron en acciones como la del Banco Popular, creyendo que era muy segura, y lo perdieron todo”. ¿Se les advirtió igualmente a los inversores del Banco Popular de cuál era la situación real de riesgo en la que se encontraba la entidad?

Advertencia nº 5: “La publicidad de criptomonedas es, en ocasiones, agresiva para atraer inversores”.

Este mismo razonamiento se podría aplicar fácilmente para referirse a los bancos, que hacen publicidad lo más atractiva posible para atraer a clientes, para venderles sus productos bancarios y de inversión.

Advertencia nº 6: “Muchas criptomonedas pueden verse carentes de la liquidez necesaria para poder deshacer una inversión sin sufrir pérdidas significativas”.

“Supongo que no se referirán a las criptomonedas más importantes, como bitcoin o ether. Su transactibilidad 24 horas, 7 días a la semana, e incluso de manera OTC (over the counter) entre pares, las hace más líquidas que algunas acciones del IBEX35”, comenta Bravo.

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Advertencia nº 7: El comunicado del Banco de España y de la CNMV alude también a “problemas derivados del carácter transfronterizo” de las criptomonedas. Argumentan que “en muchas ocasiones, los distintos actores implicados en la emisión, custodia y comercialización de criptoactivos no se encuentran localizados en España o, incluso, no es posible su localización, por lo que la resolución de cualquier conflicto podría resultar costosa y quedar fuera del ámbito de competencia de las autoridades españolas”.

Este argumento del Banco de España y la CNMV también “podría servir para rechazar el comercio electrónico. Si compras en AliExpress o Amazon de EEUU la resolución de un conflicto también puede ser costosa y quedar fuera de la competencia de las autoridades españolas”, razona Bravo.

Advertencia nº 8: “No existe todavía en la Unión Europea un marco que regule los criptoactivos como el bitcoin, y que proporcione garantías y protección similares a las aplicables a los productos financieros”.

Sobre esta advertencia, Raúl López, country manager del bróker de criptodivisas Coinmotion en España, explica que “a  principios de 2020, los países de la Unión Europea debían haber realizado la transposición de la quinta directiva europea contra el lavado de dinero (5AMLD), donde se menciona por primera vez cómo deben realizar su actividad las empresas que ofrecen servicios de criptomonedas y, además, se amplió lo referente a esta actividad en la sexta directiva (6AMLD), que se tiene que aplicar a mediados de este año. Pero, además, ya se está trabajando para desarrollar un reglamento para el sector de criptoactivos a nivel de toda Europa, que se conoce por el nombre de MiCA. Por tanto, lo que quiero decir es que el marco jurídico se está adaptando para dar cabida a las criptomonedas en el sistema financiero. Está claro que dicho cambio no va a ocurrir de la noche a la mañana, pero, como en el ámbito de la tecnología todo ocurre tan rápido, es necesario actuar velozmente para no frenar uno de los mayores avances en el mundo financiero de todos los tiempos”.

Por su parte, Javier Castro-Acuña, director de Bitnovo, una plataforma para comprar y vender criptomonedas con presencia en España y otros países europeos, apunta: “A nosotros también nos gustaría poder ver más avances en regulación para poder competir en igualdad de condiciones con otros países que sí están dando pasos en esa dirección, apoyando la innovación. Un buen ejemplo de ello es que el segundo banco español ha lanzado en Suiza sus servicios comerciales con criptoactivos”.

Advertencia nº 9: “Dada su elevada volatilidad, bitcoin no cumple adecuadamente la función de depósito de valor”.

Hay que tener en cuenta que bitcoin es el asset class con mejor desempeño durante la última década, con una revalorización media anual del 215%, superando al siguiente, el Nasdaq, por un factor de diez. Si la función de una reserva de valor es preservar la riqueza, bitcoin ha cumplido más que con creces ese cometido. “Alguien que hubiera comprado 100 euros de bitcoin, en cualquier momento de 2016, hoy tendría 5.000 euros o más; mientras que, si los hubiera dejado en el banco, hoy tendría un 15% menos en paridad de compra debido a la inflación”, explica José Antonio Bravo. También lo tiene claro en este sentido Michael Saylor, el CEO y fundador de MicroStrategy, quien ha convertido gran parte de la liquidez de su empresa en bitcoin. Para Saylor, la estrategia ideal de las empresas es poner dinero extra a trabajar e invertir en activos fuertemente apreciados como bitcoin. El CEO de MicroStrategy considera que “a medida que las corporaciones adoptan bitcoin como un activo de reserva de tesorería en sus balances, reemplazan un activo improductivo con el activo de mejor rendimiento. Cuando eligen bitcoin en vez de los dólares, están eligiendo la apreciación volátil sobre la depreciación estable. Esta estrategia con bitcoin beneficia a todos los accionistas en el largo plazo”.

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