La negociación automatizada limita el papel del analista bursátil

Fernando Rodríguez | “Las evidencias parecen apuntar a una reducción del valor de las recomendaciones de los analistas en la era de los grandes ordenadores” de acuerdo a  las últimas investigaciones académicas, según puso de manifiesto Mikel Tapia, Catedrático de Finanzas en la Universidad Carlos III de Madrid, en el transcurso de una jornada sobre El Futuro del Análisis Bursátil recogida en el Documento de Trabajo Número 29 de Instituto Español de Analistas Financieros (IEAF). ”Es relevante el resultado obtenido en investigaciones que tienen en cuenta la negociación algorítmica y de alta frecuencia. Si este tipo de negociación favorece la eficiencia, esto podría reducir la eficacia de los analistas y esto es lo que contrastan algunos trabajos realizados sobre mercados con fuerte peso de los algoritmos y la negociación de alta frecuencia (High Frecuency Trading o HFT)”, explicó.

En su intervención, Tapia también se hizo eco de los resultados de los primeros trabajos académicos sobre los efectos de la Directiva MIFID II que ha impuesto la separación (unbundling) de los pagos que realizan los inversores por la investigación producida por los analistas para las casas de valores, señalando que “el primero es que se ha producido una disminución en la cantidad de investigación de las empresas (cobertura de los analistas) y un aumento de la calidad del análisis.”

En referencia al futuro del análisis bursátil, este experto señaló que “la nueva normativa (`Quick Fix´) autoriza el pago conjunto por servicios de ejecución y análisis sobre emisores de pequeña y mediana capitalización bajo ciertas condiciones, lo cual debería redundar en que este tipo de compañías no perdieran cantidad de análisis.” En este sentido, la directiva europea conocida como de Quick Fix, aprobada en febrero del año pasado, indicaba que no sería necesario cumplir con el unbunding, cuando, entre otros requisitos, el análisis se refiera a emisores cuya capitalización bursátil durante el período de treinta y seis meses naturales anteriores a esta fecha no haya rebasado 1.000 millones de euros.