El Tribunal Supremo autoriza a Naturgy el cierre temporal de cinco centrales de gas pero rechaza la indemnización

Naturgy fachada edificio

Link Securities | Según informó el viernes el diario digital Bolsamania.com, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha autorizado el cierre temporal de las plantas eléctricas de ciclo combinado de Palos de la Frontera 1 y 3, Cartagena grupo 2 y 3, y Sagunto grupo 3, en los términos contenidos en la solicitud presentada el 25 de mayo de 2017 por Naturgy (NTGY) ante la Administración. No obstante, el TS ha rechazado la petición de indemnización que solicitaba la compañía.

Según explica el TS, esto supone la estimación parcial del recurso de Naturgy contra la desestimación por silencio administrativo de la solicitud de cierre temporal por cuatro años de dichas plantas alegando que, debido al bajo factor de carga, las centrales se habían visto afectadas con rentabilidad económica muy inferior a la necesaria para recuperar la inversión. Sin embargo, el TS ha desestimado la segunda pretensión de Naturgy, que pedía que se reconociese su derecho a ser indemnizada por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia del hecho de haber mantenido a disposición del sistema eléctrico las cinco centrales a que se refiere su recurso, en el período comprendido entre la fecha en que la Administración debió responder a su solicitud de cierre (25 de mayo de 2018) hasta elmomento en que gane firmeza la sentencia que ponga fin a las presentes actuaciones.