Link Securities | El Consejo de Administración de la entidad aprobó implementar un programa de recompra de acciones por importe aproximado de 5.030 millones de euros, para el que ya ha obtenido la autorización regulatoria pertinente y que comenzará a ejecutarse en el día de hoy como se indica a continuación. En aplicación de la política actual de remuneración al accionista, 1.830 millones se corresponden con una cantidad equivalente a cerca del 25% del beneficio ordinario del Grupo en el 2S2025. El resto del importe del programa se corresponde con una recompra extraordinaria de 3.200 millones, equivalente a aproximadamente el 50% del capital CET1 generado una vez se ha completado la venta del 49% de Santander Bank Polska a Erste Group. El Programa de Recompra se llevará a cabo al amparo de los acuerdos adoptados por la junta general de accionistas de 31 de marzo de 2023 y tendrá las siguientes características:
- Propósito del Programa de Recompra: reducir el capital social del Santander mediante la amortización de las acciones adquiridas en el Programa, en ejecución de la reducción de capital aprobada por la Junta General Ordinaria de Accionistas de 2025 y/o, en su caso, de la reducción de capital que se someterá a la aprobación de la Junta General Ordinaria de Accionistas de 2026.
.Inversión máxima: el Programa de Recompra tendrá un importe monetario máximo de 5.030 millones de euros.
- Número máximo de acciones: el número máximo de acciones a adquirir en ejecución del Programa dependerá del precio medio al que tengan lugar las compras, pero no excederá de 1.326.455.826 acciones. Asumiendo que el precio medio de compra de acciones en ejecución del programa fuese de 10,60 euros, el número máximo de acciones que se adquirirían sería de aproximadamente 470 millones de acciones (cerca del 3,20% del capital social del banco).
- Otras condiciones: las acciones se comprarán a precio de mercado, sujeto a las siguientes restricciones: 1)Santander no podrá adquirir acciones a un precio superior al más elevado de los siguientes: (a) el precio de la última operación independiente, o (b) la oferta independiente más alta de ese momento en el centro de
negociación donde se efectúe la compra. 2) Santander no podrá comprar en cualquier día de negociación más del 25% del volumen diario medio de las acciones del Banco en el centro de negociación donde se efectúe la compra. El volumen medio diario tendrá como base el volumen medio diario negociado en los veinte (20) días hábiles anteriores a la fecha de cada compra. - Duración indicativa del Programa de Recompra: desde el 4 de febrero de 2026 hasta el 21 de julio de 2026, ambos inclusive. No obstante, Santander se reserva el derecho a finalizar o suspender el Programa de Recompra si, con anterioridad a su fecha límite de vigencia, alcanzara el importe monetario máximo o si concurriera alguna otracircunstancia que así lo aconsejara.



