El plazo para la formulación de las cuentas anuales 2020 de Abengoa no excederá del 26 de agosto de 2021

Abengoa

Link Securities | En relación con la extensión de la fecha de efectividad (Long Stop Date) del acuerdo con proveedores, Abengoa informa que dicha fecha de efectividad ha sido nuevamente extendida hasta el próximo 30 de junio de 2021 una vez se ha obtenido el apoyo mayoritario de los proveedores adheridos al mismo. Por otro lado, la compañía informa que su Consejo de Administración en la sesión celebrada el pasado 19 de mayo acordó solicitar a la Administración Concursal prórroga para la formulación de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2020. Ayer Abengoa ha sido notificada por parte del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección 3ª) del auto por el que se concede a la Administración Concursal de la Sociedad prórroga de dos meses para la presentación del referido informe provisional. En consecuencia, de lo anterior, Abengoa informa que el plazo para la formulación de las cuentas anuales correspondiente al ejercicio de 2020 tendrá lugar en una fecha que no excederá del 26 de agosto de 2021 o no más tarde del mes siguiente a la fecha en la que la administración concursal presente el informe provisional (si no agotase las plazos prorrogados).