Un cambio en el criterio de aplicación de la NIIF 15 hace que Soltec corrija sus cuentas: Ebitda ajustado 10,4 M€ y BN -23,4 M€

Link Securities | Soltec (SOL) comunicó a la CNMV que las Cuentas Anuales 2023 presentan una diferencia respecto a la información financiera contenida en la presentación de resultados para el mismo periodo aprobada por el Consejo de Administración de la Sociedad, previo informe de la Comisión de Auditoría, el pasado 27 de febrero de 2024 y comunicada al mercado por Soltec el 28 de febrero de 2024.

Esta diferencia deriva de un cambio en el criterio de aplicación de la NIIF 15 (Ingresos ordinarios procedentes de contratos con clientes), en relación con el criterio temporal de reconocimiento de los ingresos y gastos registrados asociados a acuerdos “bill and hold” relacionados con 36 contratos de suministro de seguidores solares.

Dicha diferencia de criterio se traduce en una reducción de los ingresos y de los gastos consolidados del ejercicio 2023 por un importe de EUR 192 millones y EUR 144 millones, que redundan en un EBITDA Ajustado reportado y del beneficio neto de EUR 10,4 millones y EUR – 23,4 millones, respectivamente. Se estima que los ingresos y gastos se reconocerán durante el ejercicio 2024. La siguiente tabla muestra las diferencias entre la información contenida en la Presentación de Resultados 2023 y las Cuentas Anuales 2023:

Por otro lado, Soltec dispone desde el ejercicio 2018 de una póliza de crédito revolving y una línea de avales facilitadas por un sindicato de entidades financieras para la financiación de sus actividades, con un límite en la actualidad de EUR 90 millones para la póliza de crédito revolving, que se encontraban dispuestos en su práctica totalidad al cierre del ejercicio 2023, y de EUR 110 millones para la línea de avales.

Si bien dichas póliza de crédito revolving y línea de avales tenían inicialmente vencimiento el 11 de febrero de 2024, con fecha 1 de febrero de 2024, SOL y el sindicato de entidades financieras y avalistas convinieron una prórroga del vencimiento de dichas póliza de crédito y línea de avales hasta el 31 de mayo de 2024 sin modificar el resto de sus términos y condiciones, con la intención de facilitar un tiempo razonable a las partes para alcanzar un acuerdo completo sobre las condiciones para la ampliación del plazo e importe de dichas financiación y línea de avales sindicada.

La póliza de crédito obliga al cumplimiento de una ratio financiera calculada sobre la información financiera consolidada de SOL y sociedades dependientes, que se cumplía a 31 de diciembre de 2023. Actualmente SOL se encuentra en negociaciones con las entidades financieras coordinadoras de la financiación con el fin de suscribir un nuevo contrato de crédito y línea de avales antes del 31 de mayo de 2024 por los que, además de extender su vencimiento, se amplíen los importes de ambos instrumentos de financiación.

La sociedad confía en llegar a un acuerdo satisfactorio con el sindicato de entidades financieras acreedoras para la novación de la póliza de crédito y de la línea de avales dentro de dicho plazo. Consecuentemente, en la formulación de las cuentas anuales consolidadas de SOL y sus sociedades dependientes del ejercicio 2023 el Consejo de Administración de SOL ha aplicado el principio de empresa en funcionamiento ya que, en opinión de los administradores, no existen dudas significativas sobre la continuidad de la actividad de SOL al menos durante los siguientes doce meses.

Este juicio se basa en la presunción de que se llegará a tal acuerdo con el sindicato de entidades financieras antes del 31 de mayo de 2024, cuestión sobre la que SOL es optimista, dado que las negociaciones se encuentran en línea con el curso natural y adecuado para este tipo de operaciones. Este aspecto requerirá una mención por el auditor de cuentas de la sociedad en los informes de auditoría a emitir por este sobre las cuentas anuales de SOL y del grupo formado por SOL y sus sociedades dependientes.