Hoja de ruta de la ABE sobre la implantación del paquete bancario de la UE

Santander | La semana pasada, la Autoridad Bancaria Europea (ABE) publicó su hoja de ruta para reforzar el marco prudencial de las entidades de crédito, en la que se detalla el calendario de desarrollo de los mandatos de la ABE en el marco del paquete bancario de la UE, que incorpora las reformas finales de Basilea III en la UE. El documento detalla que la UE ha ultimado su paquete legislativo bancario en consonancia con la implantación de los acuerdos internacionales de Basilea III en la UE e incluye modificaciones del Reglamento sobre requisitos de capital («RRC») y de la Directiva sobre requisitos de capital («DRC»).
La hoja de ruta publicada sobre el marco prudencial de la ABE indica que su objetivo es: 1) transponer el marco final de Basilea III, garantizando al mismo tiempo la igualdad de condiciones a escala internacional, teniendo en cuenta las características específicas del sector bancario de la UE; 2) contribuir a una transición ecológica mediante la inclusión de un nuevo conjunto de normas que obliguen a los bancos a identificar, divulgar y gestionar factores ESG como parte de su gestión de riesgos; y 3) reforzar los instrumentos que permitan a los supervisores vigilar a los bancos de la UE y a los bancos de terceros países que operan en la UE, en particular desarrollando un régimen relativo a las sucursales de terceros países. También pretende aclarar cómo desarrollará la ABE los mandatos para aplicar el paquete bancario y ultimar sus componentes más significativos, antes de su fecha de aplicación, fijada para el 1 de enero de 2025. Esto ocurrirá tras la publicación de la nueva legislación definitiva, prevista para la primavera de 2024, según la información de la hoja de ruta.


Según la ABE, la hoja de ruta «confirma que la secuencia en el desarrollo de los productos regulatorios seguirá sus plazos legales, la mayoría de los cuales serán consultados y ultimados en los dos o tres años siguientes a la entrada en vigor del CRR3 y la DRC VI». El primer conjunto de productos regulatorios recogidos en la hoja de ruta se publicó simultáneamente para una consulta, que incluía las modificaciones de los marcos de divulgación y presentación de información con fines de supervisión del Pilar 3 en el contexto de la transposición de las reformas de Basilea III en la UE (para más detalles sobre esta consulta, véase el informe de Maitines de Crédito publicado el 18 de diciembre).


Se calcula que la ABE desarrollará unos 140 mandatos sobre un amplio abanico de ámbitos técnicos. La nueva hoja de ruta detalla que la ABE se propone llevar a cabo estos mandatos para la aplicación del paquete bancario de la UE en cuatro fases:
1) La fase 1 (con un plazo de hasta un año tras la entrada en vigor del paquete bancario) incluye 32 mandatos y «cubre las áreas de riesgo de crédito, mercado y operativo, que resultan predominantemente de la transición a Basilea III». Además, «esta primera fase también verá los primeros mandatos bajo la DRC en el ámbito ESG».
2) La fase 2 (con un plazo de hasta dos años tras la entrada en vigor del paquete bancario) «seguirá avanzando en la cobertura de los mandatos del RRC relativos al riesgo de crédito, operativo y de mercado». Esta fase «implicará el desarrollo de un total de 43 mandatos, lo que la convierte en una de las fases más intensas de toda la Hoja de Ruta».
3) La fase 3 (con plazo de tres años tras la entrada en vigor del paquete bancario) comprende 21 mandatos e «incluye la mayoría de los mandatos restantes relacionados con productos regulatorios, así como una serie de informes». Además, «con esta tercera fase se cerrarán la mayoría de las normas y directrices técnicas».
4) La fase 4 (con plazo de cuatro años o más después de la entrada en vigor del paquete bancario), «en la que se desarrollarán una serie de productos (36), en su mayoría informes, que arrojarán luz sobre los avances en la implantación, sus resultados y sus retos».


Además, hay otros siete mandatos «que ya se están desarrollando, son recurrentes y no forman parte de ninguna de las cuatro fases, pero se harán operativos en la fecha de implantación de 2025». El documento de la hoja de ruta de la ABE subraya que, dado que la transposición de Basilea III en la UE se realiza en principalmente a través del RRC, la ABE «se está esforzando por que la mayor parte de las normas técnicas de regulación e implantación del RRC necesarias para la incorporación del acuerdo de Basilea III estén disponibles en los dos primeros años posteriores a su entrada en vigor».