Link Securities | La compañía informó de que el Consejo de Administración ha acordado, en su reunión celebrada el 17 de diciembre de 2025, el desembolso de un dividendo en efectivo a cuenta de los resultados del ejercicio 2025 de EUR 1,2318 brutos por acción. El calendario será el siguiente:
• Last trading date: 10 de febrero de 2026;
• Ex-date: 11 de febrero de 2026;
• Record date: 12 de febrero de 2026;
• Fecha de desembolso: 13 de febrero de 2026
El dividendo efectivo a percibir por el accionista en este primer reparto de los resultados del ejercicio 2025 representa un incremento del 10% con respecto a la misma distribución del año anterior. Si bien, incorporando el efecto de las nuevas acciones asignadas gratuitamente tras la ampliación de capital liberada, cada accionista vería incrementada la remuneración bruta en efectivo en un 15% respecto al año anterior.
Según Vidrala, el crecimiento del dividendo es coherente con la política de remuneración al accionista, desarrollada por la compañía enfocada hacia el largo plazo, la estabilidad y la mejora sostenida de la retribución anual en función de las condiciones del negocio.
Además, Vidrala anunció que el Consejo de Administración ha acordado llevar a cabo un programa de recompra de acciones propias en los términos que se indican a continuación:
• Propósito del programa. El objeto del programa es el de reducir el capital social de la Sociedad mediante amortización de acciones propias, con la finalidad de contribuir a la política de retribución al accionista mediante el incremento del beneficio por acción.
• Dimensión máxima del programa. La Sociedad prevé comprar acciones en el mercado hasta acumular aproximadamente un 1% del capital social. En consecuencia, se adquirirán hasta un máximo de 350.000 acciones, por un importe efectivo máximo de 33 millones de euros.
• Duración del programa. El programa tendrá una duración máxima de doce (12) meses, desde la publicación de este hecho relevante. No obstante, la Sociedad se reserva el derecho a finalizar el programa de recompra si, con anterioridad a la fecha límite de vigencia, hubiera adquirido acciones por un precio de adquisición que alcanzara el importe efectivo máximo o el número máximo de acciones autorizado por el Consejo de Administración, o si concurriese alguna otra circunstancia que así lo aconsejara.
• Condiciones de negociación. Las acciones propias se adquirirán conforme a las condiciones de precio y volumen establecidas en el artículo 3 del Reglamento Delegado (UE) 2016/1052. En particular, en lo que se refiere al precio, la Sociedad no adquirirá acciones a un precio superior al más elevado de los siguientes: (a) el precio de la última operación independiente; o (b) la oferta independiente más alta de ese momento en el centro de negociación donde se efectúe la compra, cuando las acciones se negocien en diferentes centros de negociación. En lo que respecta al volumen de contratación, la Sociedad no adquirirá más del 25% del volumen medio diario –negociado en los veinte (20) días hábiles anteriores a la fecha de cada compra– de las acciones de la Sociedad en el centro de negociación en que se lleve a cabo la compra.



