La CNMV advierte una posible “falta de consistencia temporal” en el marco legal de sostenibilidad

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Fernando Rodríguez| “En algunos ámbitos puede existir falta de consistencia temporal en la regulación: al establecerse requisitos de transparencia cuando aún no tenemos, por ejemplo, un marco de estándares homogéneo sobre el que reportar o desarrollos normativos que nos detallen los criterios técnicos para determinados objetivos medioambientales. Esto puede generar inconsistencias en la aplicación de las normas, dificultades de interpretación y falta de homogeneidad entre jurisdicciones.” Esta es la situación sobre el marco legal de la sostenibilidad dibujada ayer por Montserrat Martínez Parera, vicepresidenta de la CNMV, en el discurso de clausura de la Jornada de Emisores Españoles sobre el canal de denuncias y la Propuesta de Directiva en materia de sostenibilidad publicado en la propia web del supervisor.   

Martínez Parera hizo un recorrido por las múltiples iniciativas legales que tienen las compañías sobre la mesa –SFDR, CSRD, Taxonomía, Directiva sobre Diligencia Debida, estándar de bonos verdes…- señalando su objetivo de que “se fomente una visión a largo plazo, y resolver también los problemas de consistencia, disponibilidad y fiabilidad de la información que necesitan los inversores para poder incorporar los factores de sostenibilidad en sus decisiones de inversión. Especialmente en un contexto en que proliferan las iniciativas de códigos y estándares varios que han ido surgiendo a lo largo de los años.”

Adicionalmente, señaló otra dificultad a la que se enfrentan las empresas: “nos encontramos ante una avalancha de regulación, como acabamos de ver con las distintas iniciativas en curso, que puede imponer costes no despreciables para las empresas para hacer frente a su cumplimiento, especialmente para las más pequeñas.

La vicepresidenta de la CNMV anticipó algunos resultados preliminares sobre el seguimiento especial que el supervisor está realizando sobre los nuevos requisitos de información de las sociedades del Ibex sobre las actividades medioambientalmente sostenibles; es decir, el porcentaje de su actividad económica  -en función de la cifra anual de ingresos totales, de las inversiones en activos fijos (CapEx) o de los gastos operativos (OpEx)- que es es elegible según la taxonomía para mitigar y adaptarse al cambio climático. En primer lugar, “las empresas con actividades de generación eléctrica muestran unas ratios elevadas de actividades elegibles para los objetivos de mitigación y adaptación al cambio climático respecto al resto de sectores”.  En segundo lugar, se observa que “cuatro entidades del Ibex se han anticipado a la regulación y han facilitado voluntariamente no solo el porcentaje de actividades elegibles sino también las ratios relativas al grado de alineamiento, que son requisitos más exigentes y por tanto un subconjunto del primero.” – Por último, la CNMV ha constatado que “las entidades de crédito muestran una ratio de activos totales de exposiciones a actividades económicas elegibles que oscila entre el 41% y el 55% (Green Asset Ratio o GAR).”  Martínez Parera concluyó: “me atrevo a aventurar que son un buen punto de partida y que tenderán a mejorar de forma progresiva.”