¿Se prohibirán las retrocesiones en los fondos de inversión?

Manuel Moreno Capa

Manuel Moreno Capa (Director de GESTORES) | El debate está abierto y el sector de los fondos de inversión, temblando: ¿Va a cargarse la normativa europea las retrocesiones en los fondos de inversión? La decisión se tomará este mes de abril, con el argumento de que esto aumentará la competencia y reducirá costes para el inversor. Pero la realidad puede ser la contraria. De hecho, en 26 de los 27 países de la Unión (en todos menos en Holanda) las retrocesiones llevan años funcionando y están posibilitando la distribución de fondos entre todo tipo de inversores.

Al contratar un fondo, el inversor paga una serie de comisiones de un modo automático y prácticamente sin enterarse. Las de gestión, depositaría, a veces suscripción o reembolso y alguna otra más. Pero luego está el impacto de las retrocesiones, que son las comisiones que las gestoras les pagan a las entidades comercializadoras (bancos, asesores financieros, etc.) por permitir o recomendar a determinado inversor la contratación de sus fondos.

Estas retrocesiones acaban de algún modo en el cliente minorista, que termina contratando en general fondos algo más caros, ya que el comercializador repercute sobre el cliente parte o toda la comisión de retrocesión. Esto es, desde luego, un inconveniente, sobre todo si el fondo da rentabilidades escasas, mermadas tanto por la poca pericia del gestor como por unas comisiones demasiado altas.

La ventaja es que, gracias a las retrocesiones, las entidades pueden comercializar muchos más fondos de inversión, con lo que los clientes tienen acceso a mayores posibilidades, sobre todo cuando la misma entidad ofrece el adecuado asesoramiento. ¿Sólo recomendará en ocasiones los fondos por los que está cobrando la retrocesión de la gestora correspondiente? Nadie dice que no, lo cual puede suponer cierta desviación. Pero lo cierto es que gracias a esas retrocesiones, las entidades financieras pueden ofrecer ahora mismo cientos de fondos diferentes.

¿Qué ocurrirá si Europa prohíbe la retrocesión? Probablemente lo que ha ocurrido en un país, ya no comunitario, que las ha prohibido, Gran Bretaña, donde los inversores minoristas ahora no reciben el mismo asesoramiento, ni pueden acceder a la misma gama de fondos, que los mayoristas.

Es curioso que, además, sólo Holanda prohíba las retrocesiones en toda la Unión Europea, mientras que los otros 26 miembros apoyan mantenerlos. El debate está abierto en la Comisión y el Parlamento Europeos y probablemente se resolverá en abril.

Siempre he defendido que hay que pagar por los servicios que se ofrecen y que un fondo aparentemente caro en comisiones deja de serlo en cuando esas comisiones se quedan en bien poco si la rentabilidad del producto es satisfactoria para el inversor. Soy incluso partidario de las comisiones de éxito, que se aplican sólo si el fondo supera determinados niveles de rentabilidad. Por lo mismo, no me importa la retrocesión se convierta en una mayor comisión para el partícipe si, a cambio, se le ofrece un adecuado asesoramiento y accede a productos que, de otro modo, sólo quedarán al alcance de los inversores mayoristas o de los grandes clientes.

Otra cosa es que efectivamente el asesoramiento sea el correcto o sólo movido por la retrocesión. Es decir, si tú, gestora, me pagas a mí, banco o asesor financiero, la correspondiente retrocesión, comercializo y ofrezco tu fondo.  Si no, ofrezco el de otros. Es ciertamente un dilema, pero me temo que no se va a resolver simplemente eliminando la retrocesión, una medida que, de entrada, puede acabar retirando muchos fondos del alcance del inversor minorista.

Veremos si se impone la prohibición o Europa opta por mantener el sistema vigente en 26 de sus 27 mercados, aunque buscando otras medidas que lleven a un correcto asesoramiento del inversor minorista.