Link Securities | La CNMV acordó con fecha 17 de mayo de 2024 autorizar la modificación de las características de la Oferta Pública voluntaria de Adquisición (OPA) de acciones de APPLUS (APPS), formulada por Amber EquityCo, S.L.U. que fue autorizada por la CNMV con fecha 22 de marzo de 2024. De conformidad con el contenido de la documentación registrada en sobre cerrado el día 26 de abril de 2024 y las garantías adicionales aportadas con fecha 30 de abril de 2024, el precio se eleva hasta 12,78 euros. El detalle de las modificaciones del folleto inicial se encuentra recogido en el suplemento del folleto presentado por Amber EquityCo, S.L.U., tras las últimas modificaciones registradas con fecha 14 de mayo de 2024.
Dicha contraprestación de 12,78 euros por acción, aunque no resulta preciso por tratarse de una oferta de tipo voluntario, se considera suficientemente justificada a efectos de lo previsto en el artículo 110 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión y en los artículos 9 y 10 del Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, sobre el régimen de las ofertas públicas de adquisición de valores.
El plazo de aceptación de la oferta, que será de 15 días naturales a partir del día hábil bursátil siguiente a la fecha de publicación del primero de los anuncios de las nuevas condiciones de la oferta, será comunicado por la CNMV.
Por otro lado, Manzana Spain Bidco, S.L.U informó a la CNMV de su decisión de desistir de su OPA sobre APPS, de conformidad con el Real Decreto 1066/2007, de 27 de julio, sobre el régimen de las ofertas públicas de adquisición de valores, en la medida en que existe una oferta competidora a un precio superior.
Adicionalmente, confirmaron los siguientes compromisos:
(1) Ni Manzana, ni los Fondos Apollo, ni las sociedades controladas por los Fondos Apollo, ni las entidades que
componen el grupo Apollo, ni los fondos gestionados o asesorados por entidades que componen el grupo Apollo, ni las sociedades controladas por dichos fondos, ni los miembros de los órganos de administración de las entidades designados a propuesta de entidades que componen el grupo Apollo, llevarán a cabo de modo directo o indirecto a través de cualquier persona hasta la fecha de liquidación de la oferta pública de adquisición formulada por Amber o hasta la fecha en que dicha oferta quede sin efecto por cualquier causa, cualquiera de las siguientes actuaciones: comprar o acordar la compra de acciones de APPS (o instrumentos derivados cuyo subyacente sean las acciones de APPS) o de cualquier otra forma adquirir o perseguir la adquisición de cualquier interés en las
acciones de APPS, en cada caso con independencia del precio;
b. recibir compromisos irrevocables o ser parte o acordar ser parte de cualquier tipo de esquema o acuerdo
similar o equivalente o cualquier otro entendimiento, en relación con la adquisición de acciones de APPS
(o instrumentos derivados cuyo subyacente sean las acciones de APPS);
c. anunciar o presentar una nueva oferta por APPS a cualquier precio; o adoptar, o anunciar la intención de
adoptar, cualquier tipo de acción en relación con una oferta sobre APPS (incluyendo, sin limitación, llevar
a cabo, o anunciar la intención de llevar a cabo, cualquier actuación que desencadene una oferta
obligatoria sobre APPS); y/o
d. realizar cualquier tipo de comunicación o indicación, deliberadamente tomar cualquier otra acción o crear
cualquier tipo de expectativa, ya sea de forma pública o privada, en relación con cualquiera de las
actuaciones anteriores.
(2) Los compromisos anteriores se formulan de forma voluntaria y de acuerdo con una interpretación razonable de la normativa aplicable y tienen por objeto contribuir al ordenado funcionamiento del mercado de valores español y al proceso de OPA competidora existente sobre APPS.