Crowdbonds: hay vida más allá de la deuda y las acciones

José Antonio Caicoya y José María Galilea (Socios del despacho PPCP Legal & Finance)| El crowdfunding se ha visto ligado en España tradicionalmente a las startups y a la inversión inmobiliaria, con algunos intentos tímidos de financiar la revolución energética que nuestro país abandera.

Las empresas medianas y las grandes se están perdiendo numerosas oportunidades de financiar proyectos sanos y generar nuevos activos para la inversión: colegios, hoteles, hospitales, gimnasios, infraestructuras municipales y un largo etcétera o, por el lado comercial, cadenas de restaurantes, marcas comerciales, comercios….

Si fijamos la vista en otros países, veremos que están proliferando plataformas más complejas, con ofertas más ricas y variadas.

Veamos un ejemplo.

Enerfip, Dominion, Enerside…

Amparada en el nuevo reglamento europeo, hace aproximadamente un año el prestador de servicios de financiación participativa Enerfip (www.es.enerfip.eu) aterrizaba en España para hacer prospección de mercado, analizar el marco regulatorio y estructurar el producto.

De origen francés, Enerfip es la plataforma crowdfunding #1 en Europa por volumen de inversión en proyectos de energías renovables (+350M€), dedicada exclusivamente a la transición energética, y sus proyectos llegan a más de 40.000 inversores europeos.

Hoy, pasados 9 meses, y con la asistencia de nuestro despacho, dos compañías españolas cotizadas de la talla de Enerside y Dominion han lanzado sendas emisiones de obligaciones simples en Francia a 3 años, con cupones del 7,5% y el 8% respectivamente y varias otras compañías están estructurando nuevas operaciones.

En comparación con las otras ofertas de los mercados crowd, estas inversiones son de una alta calidad: la primera es una financiación corporativa para una sociedad cotizada en BME Growth, y, la segunda, una financiación de proyecto de una sociedad del grupo, también cotizado, ambas garantizadas con prenda de las acciones/participaciones de los proyectos que financian.

Gracias a la homogeneización regulatoria europea, este producto no sólo está disponible para los inversores franceses, sino para inversores de múltiples países de la Unión Europea, incluidos los españoles, que tienen acceso a productos de ahorro, desde nuestro punto de vista, muy sólidos.

Regulación

Y es que este mercado está sufriendo una revolución.

Desde el 28 de septiembre del año pasado, toda la normativa ha evolucionado:

  • Entrada en vigor del Reglamento (UE) 2020/1503, de 7 de octubre de 2020, relativo a los proveedores europeos de servicios de financiación participativa empresarial.
  • Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas, cuyo capítulo V completa el régimen jurídico establecido por el Reglamento (UE) 2020/1503. 
  • Nueva Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y Servicios de Inversión que sustituye a la tradicional Ley del Mercado de Valores.

Con estos cambios, se pretende -y se consigue- armonizar a nivel europeo las formas de actuación de las plataformas de crowdfunding, generando un mercado paneuropeo.

Una gran oportunidad de levantar nueva financiación. 

Crowdbonds

Es verdad que, a efectos españoles, los bonos cuentan ahora con una normativa más elaborada que permite ofrecerlos a través de estas plataformas. 

Y es un buen tándem.

Los Crowdbonds no solo son mucho más baratos y rápidos de estructurar que los bonos cotizados (entre otras cosas, no requieren de folleto informativo), sino que también cuentan con una de las ventajas características de aquellas emisiones públicas: se pueden ofertar al público en general, alcanzando a inversores profesionales y minoristas.

Cualquier inversor, por pequeño que sea, tiene acceso sin intermediarios y puede adquirir los títulos directamente en la página web del Crowdfunding a partir de 10€.

El activo subyacente

No es necesario explicar aquí las diferentes características que ofrecen los bonos respecto de las operaciones de capital o deuda, pero sí hacer hincapié en que hasta ahora en España las plataformas solamente han usado estas dos últimas fórmulas.

Esto parece estar asociado al tipo de activos en oferta, invertir en una startup es asimilable a la actividad de venture capital donde se le pide al inversor que comparta el riesgo con los promotores, e invertir en el ladrillo cuando el único upside que se espera es la revalorización del subyacente para el servicio de la deuda, y tampoco llama a estructuras como una emisión de obligaciones.

Los bonos son una alternativa muy limpia, si bien su éxito depende del tipo de activo subyacente. Aqui entran a jugar características como podrían ser algunas de las siguientes:

  • Que los grupos empresariales sean potentes en balance; 
  • Que el grupo tenga buen track record de entrega en proyectos similares;
  • Que los fondos se utilicen para financiar activos productivos;
  • Que las garantías ofrecidas sean sólidas y fáciles de entender;  
  • Que el grupo mantenga una cartera de activos rentables;
  • etc.

Esto aplica de forma horizontal a todos los sectores: alimentación, textil, constructor, industrial, extractor, transporte, etc.

Evolución de los Mercados

La decisión está en manos de las empresas, todo es cuestión de intentarlo, de lanzarse a utilizar estos mercados: “The bigger the crowd, the bigger the crowd gets”. 

A medida que se van haciendo emisiones, las operaciones se agilizan, se genera un mercado de inversores en torno a la marca del emisor, incluso se fideliza a la clientela y esto aporta recurrencia de financiación (5M€/año por sociedad del grupo).  

Los mercados avanzan y, por ejemplo, se pueden mencionar las iniciativas europeas de normalización de fiscalidad para inversores transfronterizos o la nueva Ley de los Mercados de Valores y Servicios de Inversión, que permite la tokenización de bonos.

Los reguladores siguen trabajando, seguiremos viendo avances; de nuestro lado queda sacarles todo el partido.